A- de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Javier Ignacio Jativa Garcia Vs Ministerio De Defensa Nacional·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional para hacer cumplir directamente sus órdenes
- Competencia del juez de primera instancia
- Remisión solicitud apertura incidente de desacato a Consejo Seccional de la Judicatura por incumplimiento de órdenes proferidas en sentencia T-111/09 y auto
- Remisión solicitud apertura incidente de desacato a Juzgado de Familia para cumplimiento de sentencia T-770/10
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de apertura de incidente de desacato frente a la sentencia T-111/09, en la cual se ordenó al Ministerio de Defensa, expedir un nuevo acto administrativo motivado, sobre la desvinculación del servicio militar del actor, sin embargo el nuevo acto administrativo que se expidió también vulneró los derechos fundamentales del actor, porque hubo vulneración del debido proceso.
La Corte decide no asumir prima facie, la competencia para resolver el incidente de desacato, se decide ordenar al juez de primera instancia que una vez resuelva el asunto de la referencia remita a esta Corporación copia de la decisión que tome al respecto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. ORDENAR que por Secretaria General se remita al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca - Sala Jurisdiccional Disciplinaria, la solicitud de apertura de incidente de desacato por incumplimiento de las ordenes proferidas en la sentencia T-111 de 2009 y en el Auto 321 de 2010, presentado por el ciudadano Javier Ignacio Jativa Garcia contra el Ministerio de Defensa Nacional.
- Segundo. Por Secretaria General de esta Corporacion, comuniquese esta decision al accionante, al Ministerio de Defensa Nacional, y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.